Herencias en Puerto Rico
Vender la casa heredada en Puerto Rico desde Estados Unidos, sin viajar
Sí se puede vender desde Florida, Nueva York, Texas o cualquier estado sin montarte en un avión. Firmas un poder ante notario en tu estado, lo apostillas, y con ese poder el abogado notario en Puerto Rico firma por ti la declaratoria, la planilla y la escritura. Lo que cambia para un vendedor no residente es la retención: el comprador tiene que retener el 15% del precio y depositarlo en Hacienda, y ese dinero se puede pedir de vuelta después del cierre si no hubo ganancia.
¿Cómo firmo si estoy en Estados Unidos?
Con un poder notarial. Lo firmas ante un notario público de tu estado, lo apostillas en el Secretario de Estado de ese estado y lo envías a Puerto Rico. El poder dice qué puede firmar la persona que nombras: la petición de declaratoria, la planilla de herencia, la escritura de venta.
Un poder mal redactado es la causa número uno de retrasos con herederos de la diáspora: dice "vender" pero no dice "comparecer en la declaratoria", y hay que hacerlo de nuevo. Por eso el abogado notario de la transacción lo redacta o lo revisa antes de que lo firmes.
¿Qué es la retención del 15% y cuándo aplica?
Cuando el vendedor no es residente de Puerto Rico, Hacienda exige que el comprador retenga el 15% del precio de venta y lo deposite a nombre del vendedor como adelanto de la contribución sobre la ganancia. Aplica a cada heredero no residente por su parte. Funciona como un depósito a cuenta, no como un impuesto aparte.
El requisito está en las guías de Hacienda para vendedores no residentes (enlace en Fuentes). En el cierre, el notario lo descuenta del dinero que recibes y lo deposita. Te damos el comprobante.
¿Cómo recupero el 15%?
Después del cierre se rinde una planilla en Hacienda donde se calcula la ganancia real: precio de venta menos el valor de la casa en la herencia menos gastos. Si no hubo ganancia, o la contribución es menor que lo retenido, Hacienda devuelve la diferencia. El abogado o un contador la prepara; nosotros te damos todos los documentos del cierre.
También existe la opción de pedir a Hacienda, antes del cierre, que autorice una retención menor cuando se puede demostrar que la ganancia será baja. No siempre llega a tiempo; el abogado te dice si vale la pena intentarlo en tu caso.
¿Y la planilla de herencia tiene plazo distinto si vivo afuera?
El plazo es el mismo: 9 meses desde el fallecimiento. Lo que cambia es la prórroga: un residente puede pedir 3 meses con el formulario SC 2777; si vives fuera de Puerto Rico, puedes pedir 6. Si el plazo ya pasó, se rinde tarde igual, y el abogado te explica qué esperar.
Todo el proceso de la planilla y el relevo está en nuestra guía relevo de Hacienda: cómo se pide. Y si son varios hermanos repartidos entre la isla y los estados, mira varios herederos.
¿Cómo es el cierre a distancia con ustedes?
Te enviamos la oferta por correo electrónico con el desglose. Si la aceptas, firmas el acuerdo de compraventa electrónicamente. Preparamos el poder, lo apostillas, y el abogado notario firma la escritura en la isla. El dinero te llega por transferencia el día del cierre, con el comprobante de la retención. Si quieres venir a firmar en persona, también se puede.
Si la casa está cerrada y nadie la ha visto en años, hacemos la visita nosotros y te mandamos un video. No te pedimos que limpies, que saques nada ni que viajes para enseñarla.
Preguntas frecuentes
Hablemos de la casa
Dinos en qué estado vives, el pueblo de la casa y a nombre de quién está. Te mandamos la oferta y el plan de firma por correo electrónico.
Fuentes
- Departamento de Hacienda: requisitos para vendedores no residentes (retención)
- Departamento de Hacienda: pasos para solicitar el relevo
- Departamento de Hacienda: Planilla de Contribución sobre Caudal Relicto
- Tribunal de Apelaciones, KLAN202301023 (2024): venta sin relevo no es válida
Esto no es asesoría legal ni contributiva. Es información general para que entiendas el proceso; la asesoría la da el abogado notario que participa en la transacción. Última revisión: 15 de octubre de 2026.
