Situaciones en las que compramos
Me van a ejecutar la casa: cómo vender en efectivo antes de la subasta
Si estás atrasado con la hipoteca, el banco ya presentó la demanda o tienes fecha de subasta, todavía puedes vender la casa. Una venta en efectivo antes de la subasta paga la deuda con el banco, evita que la ejecución quede en tu crédito y te deja la diferencia si la casa vale más de lo que debes. Mientras más temprano nos llames, más opciones hay. Nosotros pedimos la carta de saldo al banco, hacemos la oferta en 24 horas y cerramos en semanas, no meses.

¿En qué etapa estoy y cuánto tiempo me queda?
La ejecución en Puerto Rico tiene etapas: cartas de cobro, demanda en el tribunal, mediación si la casa es tu residencia principal, sentencia, y por último la subasta. En cada una puedes vender, pero las opciones se reducen a medida que avanzas. Antes de la sentencia hay tiempo; con fecha de subasta, hay días.
Si tienes una demanda, mira la fecha del emplazamiento y si ya hubo vista de mediación. Si tienes un edicto de subasta, mira la fecha de la primera subasta. Con esos dos datos te decimos si llegamos a tiempo. No te prometemos lo que no se pueda.
¿Qué es la mediación compulsoria de la Ley 184?
La Ley 184-2012 obliga al banco a pasar por una mediación contigo antes de que el tribunal pueda ordenar la venta de tu residencia principal. El Tribunal Supremo resolvió en 2023 que es un requisito jurisdiccional: sin esa mediación, la sentencia de ejecución no vale. En la mediación el banco tiene que presentarte las alternativas para retener la casa.
La mediación es tu momento para pedir una modificación, un plan de pago o tiempo para vender. Si en la mediación dices que quieres vender, el banco suele dar un plazo. Si no fuiste a la mediación o nunca te la ofrecieron, cuéntaselo a un abogado; puede cambiar el caso.
¿Cómo funciona vender en efectivo antes de la subasta?
Pedimos al banco la carta de saldo (payoff) con el total que debes a una fecha. Hacemos la oferta en efectivo. Si la oferta cubre el saldo, en el cierre el notario paga al banco, cancela la hipoteca y te entrega lo que sobre. Si no cubre, se negocia con el banco una venta corta, que necesita su aprobación por escrito.
Lo que no hacemos: comprarte la casa por debajo de lo que debes sin que el banco lo apruebe, ni pedirte que firmes un traspaso "mientras tanto". Si alguien te ofrece eso, desconfía.
¿Qué pasa si dejo que llegue la subasta?
La casa se vende en subasta pública al mejor postor, que muchas veces es el propio banco. Si el precio de subasta no cubre la deuda, el banco puede seguir cobrándote la diferencia. Y la ejecución queda en tu historial de crédito por años. Vender antes, aunque sea por poco más de lo que debes, casi siempre sale mejor.
Esta página es para dueños que quieren vender antes de perder la casa. No es una guía para comprar en subastas y no te vamos a ofrecer eso.
¿Qué hacemos nosotros, exactamente?
Hablamos contigo el mismo día. Revisamos la demanda o el edicto. Pedimos la carta de saldo al banco con tu autorización. Hacemos la oferta en 24 horas con el desglose. Coordinamos el cierre con un abogado notario, que paga al banco y cancela la hipoteca. Tú no pagas comisión.
Y si decides que prefieres quedarte con la casa y buscar una modificación, te lo decimos sin presión. Si la casa además es heredada o está a nombre de un familiar que falleció, el proceso tiene un paso más: mira vender una casa heredada. Si debe CRIM o tiene daño de huracán, también la compramos; mira daño de huracán y FEMA.
Preguntas frecuentes
Hablemos de la casa
Dinos en qué etapa está: cartas, demanda, mediación, sentencia o fecha de subasta. Con eso te decimos el mismo día si llegamos.
Cómo funciona vender tu casa en efectivo, paso por paso
Otras situaciones en las que compramos
Fuentes
- Ley 184-2012, Ley para Mediación Compulsoria y Preservación de tu Hogar
- Tribunal Supremo, 2023 TSPR 103: la mediación de la Ley 184 es requisito jurisdiccional
- Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras (OCIF)
Esto no es asesoría legal ni contributiva. Es información general para que entiendas el proceso; la asesoría la da el abogado notario que participa en la transacción. Última revisión: 15 de octubre de 2026.
