Situaciones en las que compramos
Vender una casa con daño de huracán en Puerto Rico, con o sin reclamación de FEMA
Si tu casa quedó dañada por un huracán y no la has podido arreglar, se puede vender tal como está. Compramos casas con techo volado, filtraciones, paredes rajadas o toldo azul, en efectivo, sin que repares nada. Si tienes una reclamación de FEMA o de seguro abierta, o recibiste ayuda y no alcanzó, el abogado notario revisa cómo queda eso en el cierre; no te pedimos que lo resuelvas antes. La oferta sale en 24 horas con el estimado de reparación partida por partida.

¿Puedo vender si todavía no la he reparado?
Sí. La mayoría de las casas que compramos tienen daño sin reparar. Nosotros hacemos el estimado de reparación con un contratista, lo descontamos del valor de la casa arreglada, y ese es el precio. No tienes que conseguir cotizaciones, ni materiales, ni esperar un programa de ayuda que lleva años en lista.
Con toldo azul, sin ventanas o con la segunda planta inhabitable, igual. Si no se puede entrar con seguridad, hacemos la oferta con fotos y video y la confirmamos cuando el contratista pueda revisar.
¿Qué pasa si tengo una reclamación de FEMA o del seguro abierta?
Se puede vender con la reclamación abierta. Lo que hay que definir, por escrito y antes del cierre, es quién recibe el dinero si la reclamación se paga después: tú, nosotros, o se divide. El abogado notario lo pone en la escritura. Lo mismo con el seguro privado. Se resuelve con una cláusula.
Si recibiste ayuda de FEMA para reparar y la usaste en otra cosa, o no alcanzó, cuéntanoslo. No somos FEMA ni la vamos a reportar; lo necesitamos saber para que el abogado revise si hay alguna condición pendiente sobre la casa.
¿Por qué FEMA me negó la ayuda y qué tiene que ver con vender?
La razón más común en Puerto Rico es que FEMA no pudo verificar que la casa era tuya: no hay escritura inscrita, está a nombre de un familiar fallecido, o se construyó en terreno familiar sin papeles. Puerto Rico habilitó una declaración jurada de titularidad para esos casos. Ese mismo problema de título es el que hay que resolver para vender.
Es decir: si FEMA te negó por el título, vender también va a requerir arreglarlo. La diferencia es que nosotros ponemos el abogado, adelantamos los gastos con acuerdo firmado y compramos cuando el título esté claro. Guías relacionadas: casa no inscrita y casa heredada.
¿Y los programas de reconstrucción como R3?
El programa R3 de Vivienda, con fondos federales CDBG-DR, repara, reconstruye o reubica a dueños elegibles. Si estás en lista y quieres esperar, espera; es tu casa. Si llevas años esperando y prefieres vender, nosotros te decimos cuánto. Las dos opciones son válidas, y no te vamos a decir que una es mejor sin conocer tu caso.
Si ya recibiste una reparación de un programa y luego decides vender, dile al abogado qué programa fue y cuándo. Algunos programas tienen condiciones durante un tiempo después de la obra, y el abogado las revisa antes del cierre.
¿Cómo calculan la oferta con daño de huracán?
Valor de la casa arreglada según ventas comparables del pueblo, menos el estimado de reparación detallado (techo, electricidad, plomería, ventanas, pintura, lo que aplique), menos deudas que se pagan en el cierre. Te mostramos el estimado completo. Si crees que un renglón está alto, lo discutimos con el contratista delante de ti.
La oferta es válida 7 días, sin obligación. Si decides esperar al programa, la renovamos cuando quieras volver a hablar.
Preguntas frecuentes
Hablemos de la casa
Dinos el pueblo, qué daño tiene y si hay reclamación abierta o ayuda recibida. Te mandamos la oferta con el estimado partida por partida.
Cómo funciona vender tu casa en efectivo, paso por paso
Otras situaciones en las que compramos
Fuentes
- FEMA: Programa de Individuos y Familias
- Recuperación PR: declaración jurada de titularidad y documentos que la acompañan
- Vivienda PR, programa R3 (Reparación, Reconstrucción o Reubicación) con fondos CDBG-DR
- Departamento de Hacienda: pasos para solicitar el relevo
Esto no es asesoría legal ni contributiva. Es información general para que entiendas el proceso; la asesoría la da el abogado notario que participa en la transacción. Última revisión: 15 de octubre de 2026.
